Denuncia sobre los proyectos radicados por Gobierno Nacional

Bakata / BogotĆ”, 9 de abril de 2018

Las Organizaciones que convergemos en la Coordinación Ɖtnica Nacional de Paz CENPAZ, que hacemos parte de la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Ɖtnicos IEANPE, establecida en el punto 6.2 del Acuerdo de Paz, DENUNCIAMOS ante la comunidad nacional e internacional las graves afectaciones que como Pueblos Ɖtnicos nos traerĆ” la aprobación de los Proyectos de Ley radicados por el Gobierno Colombiano en dĆ­as pasados ante el Congreso de la Republica.

1. VIOLACION DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE LA CONSULTA PREVIA.  Los Pueblos Ɖtnicos tienen los espacios oficialmente instituidos para surtir este proceso: La Mesa Permanente de Concertación con Pueblos IndĆ­genas, El Espacio Especial de Consulta Previa con el Pueblo Negro, Afro, Raizal y Palenquero y el Espacio Especial con el Pueblo Gitano, sin embargo, ambos proyectos de Ley se radicaron ante el Congreso de la Republica sin pasar anticipadamente por estos espacios. Cabe anotar que la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Ɖtnicos tampoco ha tenido la oportunidad de asesorar a la CSIVI en los dos proyectos radicados.

ā€œSe respetarĆ” el carĆ”cter principal y no subsidiario de la consulta previa libre e informada y el derecho a la objeción cultural como garantĆ­a de no repetición, siempre que procedan. En consecuencia, la fase de implementación de los acuerdos, en lo que concierne a los pueblos Ć©tnicos, se deberĆ” cumplir garantizando el derecho a la consulta previa libre e informada respetando los estĆ”ndares constitucionales e internacionales.
Se incorporarÔ un enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación.
En ningĆŗn caso la implementación de los acuerdos irĆ” en detrimento de los derechos de los pueblos Ć©tnicosā€.

2. Proyecto de Ley por medio del cual se autoriza la adjudicación o el uso de baldĆ­os en reservas protectoras – productoras y de reservas de la ley 2 de 1959, sin sustracción y se dictan otras disposiciones. En las seis (6) zonas de Reserva Forestal que trata la Ley 2 de 1959, habitamos los Pueblos Ɖtnicos con serias dificultades para la seguridad jurĆ­dica de la propiedad en forma de Resguardos y Territorios Colectivos de Comunidades Negras, falta de claridad sobre linderos de los territorios colectivos legalizados y procesos de retorno y reubicación que no se han adelantados. La implementación de esta norma despojarĆ­a de la tierra a los dueƱos originarios del territorio y propiciarĆ­a la legalización de la acumulación fraudulenta de grandes extensiones de tierra a los empresarios de monocultivos y entregarĆ­a nuestros territorios a las empresas minero energĆ©ticas en zonas tan frĆ”giles como la Selva Amazónica, región de la cual el gobierno saco a travĆ©s de actos administrativos a los departamentos de Putumayo y CaquetĆ” para evitarse las sanciones internacionales sobre calentamiento global, declarĆ”ndolos distritos minero especial y región del piedemonte andino, entregando todo este vasto territorio a las empresas mineras y petroleras en concesiones.

3. Proyecto de Ley Por medio del cual se desarrolla el tratamiento penal diferenciado para pequeƱos cultivadores. A pesar que en el CapĆ­tulo Ɖtnico se salvaguarda el uso ancestral de la planta sagrada de coca, el Decreto Ley sobre PNIS no fue consultado con los Pueblos IndĆ­genas, ni incluye lo establecido en el CapĆ­tulo Ɖtnico del Acuerdo de Paz. Teniendo en cuenta la exclusión a que hemos sido sometidos tanto por el Gobierno Nacional como por la Corte Constitucional, en algunos territorios colectivos de los Pueblos Etnicos se judicializara a aquellos que han tenido que recurrir a la siembra de cultivos de uso ilĆ­cito para sobrevivir a las condiciones de miseria a que hemos sido condenados.

Por todo lo anterior:

1. Nos solidarizamos con los campesinos de Colombia que van a ser judicializados por intentar sobrevivir a la miseria, recurriendo a los cultivos de uso ilĆ­cito, los cuales tambiĆ©n serĆ”n despojados a travĆ©s de la extinción de dominio y terminarĆ”n en las cĆ”rceles, solo por intentar resolver la comida de sus familias.
2. Denunciamos la Violación SistemĆ”tica del derecho fundamental de la Consulta Previa y el Consentimiento Previo, Libre e Informado y por lo tanto, de la ausencia del enfoque Ć©tnico y de mujer, familia y generación en los proyectos de ley presentados.
3. Responsabilizamos al Gobierno Nacional y al Estado Colombiano en su conjunto por incumplir con la Implementación Idónea del Acuerdo de Paz, para legalizar el despojo y criminalizar a quienes hemos padecido directamente las consecuencias de la guerra, que no tenemos tratamiento de Victimas sino de Victimarios.
4. Responsabilizamos al Gobierno Nacional y al Estado Colombiano en su conjunto por no dar cumplimiento a los Autos 004, 005 y 006 del 2009, donde la Corte Constitucional advierte que los Pueblos Etnicos nos encontramos en riesgo de exterminio fĆ­sico y cultural y obliga a la protección especial de los Pueblos Etnicos.

#NoHayPazSinPueblosƉtnicos

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