Las Organizaciones que convergemos en la Coordinación Ćtnica Nacional de Paz CENPAZ, que hacemos parte de la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Ćtnicos IEANPE, establecida en el punto 6.2 del Acuerdo de Paz, DENUNCIAMOS ante la comunidad nacional e internacional las graves afectaciones que como Pueblos Ćtnicos nos traerĆ” la aprobación de los Proyectos de Ley radicados por el Gobierno Colombiano en dĆas pasados ante el Congreso de la Republica.
1. VIOLACION DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE LA CONSULTA PREVIA. Los Pueblos Ćtnicos tienen los espacios oficialmente instituidos para surtir este proceso: La Mesa Permanente de Concertación con Pueblos IndĆgenas, El Espacio Especial de Consulta Previa con el Pueblo Negro, Afro, Raizal y Palenquero y el Espacio Especial con el Pueblo Gitano, sin embargo, ambos proyectos de Ley se radicaron ante el Congreso de la Republica sin pasar anticipadamente por estos espacios. Cabe anotar que la Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Ćtnicos tampoco ha tenido la oportunidad de asesorar a la CSIVI en los dos proyectos radicados.
āSe respetarĆ” el carĆ”cter principal y no subsidiario de la consulta previa libre e informada y el derecho a la objeción cultural como garantĆa de no repetición, siempre que procedan. En consecuencia, la fase de implementación de los acuerdos, en lo que concierne a los pueblos Ć©tnicos, se deberĆ” cumplir garantizando el derecho a la consulta previa libre e informada respetando los estĆ”ndares constitucionales e internacionales.
Se incorporarÔ un enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación.
En ningĆŗn caso la implementación de los acuerdos irĆ” en detrimento de los derechos de los pueblos Ć©tnicosā.
2. Proyecto de Ley por medio del cual se autoriza la adjudicación o el uso de baldĆos en reservas protectoras ā productoras y de reservas de la ley 2 de 1959, sin sustracción y se dictan otras disposiciones. En las seis (6) zonas de Reserva Forestal que trata la Ley 2 de 1959, habitamos los Pueblos Ćtnicos con serias dificultades para la seguridad jurĆdica de la propiedad en forma de Resguardos y Territorios Colectivos de Comunidades Negras, falta de claridad sobre linderos de los territorios colectivos legalizados y procesos de retorno y reubicación que no se han adelantados. La implementación de esta norma despojarĆa de la tierra a los dueƱos originarios del territorio y propiciarĆa la legalización de la acumulación fraudulenta de grandes extensiones de tierra a los empresarios de monocultivos y entregarĆa nuestros territorios a las empresas minero energĆ©ticas en zonas tan frĆ”giles como la Selva Amazónica, región de la cual el gobierno saco a travĆ©s de actos administrativos a los departamentos de Putumayo y CaquetĆ” para evitarse las sanciones internacionales sobre calentamiento global, declarĆ”ndolos distritos minero especial y región del piedemonte andino, entregando todo este vasto territorio a las empresas mineras y petroleras en concesiones.
3. Proyecto de Ley Por medio del cual se desarrolla el tratamiento penal diferenciado para pequeƱos cultivadores. A pesar que en el CapĆtulo Ćtnico se salvaguarda el uso ancestral de la planta sagrada de coca, el Decreto Ley sobre PNIS no fue consultado con los Pueblos IndĆgenas, ni incluye lo establecido en el CapĆtulo Ćtnico del Acuerdo de Paz. Teniendo en cuenta la exclusión a que hemos sido sometidos tanto por el Gobierno Nacional como por la Corte Constitucional, en algunos territorios colectivos de los Pueblos Etnicos se judicializara a aquellos que han tenido que recurrir a la siembra de cultivos de uso ilĆcito para sobrevivir a las condiciones de miseria a que hemos sido condenados.
Por todo lo anterior:
1. Nos solidarizamos con los campesinos de Colombia que van a ser judicializados por intentar sobrevivir a la miseria, recurriendo a los cultivos de uso ilĆcito, los cuales tambiĆ©n serĆ”n despojados a travĆ©s de la extinción de dominio y terminarĆ”n en las cĆ”rceles, solo por intentar resolver la comida de sus familias.
2. Denunciamos la Violación SistemÔtica del derecho fundamental de la Consulta Previa y el Consentimiento Previo, Libre e Informado y por lo tanto, de la ausencia del enfoque étnico y de mujer, familia y generación en los proyectos de ley presentados.
3. Responsabilizamos al Gobierno Nacional y al Estado Colombiano en su conjunto por incumplir con la Implementación Idónea del Acuerdo de Paz, para legalizar el despojo y criminalizar a quienes hemos padecido directamente las consecuencias de la guerra, que no tenemos tratamiento de Victimas sino de Victimarios.
4. Responsabilizamos al Gobierno Nacional y al Estado Colombiano en su conjunto por no dar cumplimiento a los Autos 004, 005 y 006 del 2009, donde la Corte Constitucional advierte que los Pueblos Etnicos nos encontramos en riesgo de exterminio fĆsico y cultural y obliga a la protección especial de los Pueblos Etnicos.
#NoHayPazSinPueblosĆtnicos
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