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La Coordinación Étnica Nacional de Paz CENPAZ y la Coordinación Nacional de Pueblos Indígenas CONPI durante la primera semana del mes de enero realizó una visita de monitoreo y verificación a la ZVTN Zona Veredal Transitoria de Normalización de Pueblo Nuevo en el municipio de Caldono, alertando sobre el lento proceso en el que avanza la construcción de las instalaciones. Ademas alertar de las amenazas paramilitares sobre la región así como también denunciar la muerte del comunero Olmedo Pito, miembro del Movimiento Sin Tierra Nietos de Manuel Quintín Lame, de la Coordinación Nacional de Pueblos Indígenas y de Marcha Patriótica

Con preocupación alertamos a la comunidad del municipio de Caldono y del Cauca, al gobierno nacional y a la comunidad internacional sobre el lento avance de la construcción de los campamentos en la ZVTN de Pueblo Nuevo, dado que al momento de la visita apenas se encontraba en proceso de alistamiento el primer campamento proyectado sobre la zona que contaba con un personal insuficiente para el tamaño de la obra. En los trabajos que se están adelantando apenas estarían concentradas doscientos integrantes de las FARC-EP y no se había comenzado la  adecuación de otro campamento que tendría alojamiento para trescientas personas más, todos miembros de la Columna Jacobo Arenas de la organización insurgente en tránsito a la política sin armas.

Por su parte para el día 4 de enero según denuncia de las comunidades, en el municipio de Caldono, en el resguardo indígena de la Caldono en la vereda Cerro Alto, se presentó la incursión de un grupo que se autoidentificó como paramilitar miembro de las AUC limitando la libre circulación de los comuneros indígenas (Ver comunicado del  RESGUARDO KWETH KI´NA DE LAS MERCEDES). Preocupa esta situación cuando el único actor armado en la zona es el Ejercito Nacional, quien además está encargado de la seguridad de la región, más en el escenario de dejación de armas de las FARC-EP. 

Así mismo durante nos unimos a la denuncia del día 6 de enero de 2017 dado los lamentables acontecimientos en el el municipio de Caloto Cauca, donde se  presentó el asesinato del comunero Olmedo Pito perteneciente al Movimiento Sin Tierra Nietos de Manuel Quintín Lame, quienes asocian este asesinato a la persecución política y estigmatización sobre los su movimiento y sobre Marcha Patriótica a nivel nacional, donde militaba el compañero indígena Olmedo Pito (Ver comunicado de los Nietos de Manuel Quintin Lame)


Paralelo y como espacio de esperanza acompañamos la toma de posición de las autoridades tradicionales y gobierno propio del resguardo Indígena de San Lorenzo de Caldono elegidos para el período 2017 que se llevó a cabo con la participación de las autoridades de los otros resguardos y de la alcaldía municipal donde se ratificó el compromiso de paz que tienen los pueblos indígenas de la región y la administración municipal a cargo del Dr Pablo Piso con este importante momento histórico que vive el país. Así se demuestra como las comunidades que han sido afectadas por el conflicto armado han decidido jugársela por afianzar el proceso de paz en sus territorios como parte de la esperanza por salir de los letargos de la guerra.

El actual momento de esperanza que vive el país exige una presencia del Estado permanente en estos territorios, afianzar las autonomías y desterrar la violencia paramilitar de la política. En tal razón es urgente que las obras de adecuación de los de las zonas veredales y campamentarias y el proceso de implementación avance a pasos de gigante, situación que permita generar confianza en los cambios que necesita la construcción de la paz en la Colombia profunda y asimismo confianza dentro de las comunidades en el Estado.

Para el funcionamiento del trabajo de monitoreo y verificación desde los pueblos indígenas hacemos un llamado al gobierno nacional y a la Comisión de Implementación, Seguimiento Y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR), para que facilite la puesta en marcha de la Instancia Especial de Alto nivel con Pueblos Étnicos que se prevé en el Capítulo de Étnico de los acuerdos de La Habana (Numeral 6.2) para poder desde la CENPAZ - Coordinación Étnica Nacional de Paz avanzar en el proceso de monitoreo y ayudar a la consolidación de propuestas en los territorios donde los pueblos indígenas y afrodescendientes hacen presencia.

Nororiente del Cauca, 14 de enero de 2017

CENPAZ - Coordinación Étnica Nacional de Paz
CONPI - Coordinación Nacional de Pueblos Indígenas


enero 01, 2017

Los días 13 y 14 de febrero de 2017 la Universidad Nacional de Colombia, la Universidad de Wageningen de los Países Bajos y el Centro de Alternativas al Desarrollo- CEALDES organizaron el Simposio Internacional “Reforma Rural Integral: Retos Para la Construcción de Paz”. El evento contó con la presencia de líderes y lideresas de organizaciones sociales rurales, académicos especializados internacionales y colombianos y delegados de las FARC-EP, abordando desde múltiples perspectivas el problema de la tierra en Colombia y los nuevos horizontes que se abren de cara a la implementación de los acuerdos de la Habana.

Como Coordinación Nacional de Pueblos Indígenas CONPI y Coordinación Nacional de Comunidades Afrodescendientes CONAFRO fuimos invitados a hacer parte de este dialogo de saberes, ratificando la importancia de garantizar el enfoque étnico incluido en el capítulo 6.2 del acuerdo de la Habana y que es transversal a todos los puntos negociados. Así mismo participamos en el encuentro territorial entre los participantes del Simposio Internacional desarrollado en Icononzo al Oriente del Tolima y en Viotá Cundinamarca, donde se presentaron experiencias demostrativas y se generaron propuestas de articulación entre la academia y las organizaciones sociales indígenas, afro y campesinas de cara al esperanzador momento que se abre de cara a la implementación.


Las jornadas de intercambio incluyeron debates alrededor de la Reforma Rural Integral, punto 1 del acuerdo final, miradas territoriales del problema de tierras en Colombia y las posibilades en el tránsito hacia el anhelado fin del conflicto armado en el país. Se generaron encuentros con comunidades campesinas de Icononzo, dialogo a multiples voces en la Zona Veredal de Tránsito y Normalización ZVTN ubicadada en ese municipio y se recorrieron inspiradoras propuestas como las del Instituto Agraecologico Latinoamericano María Cano - IALA, de Viotá impulsado por FENSUAGRO y Vía Campesina.

Como CONPI y CONAFRO articulamos en la Coordinación Étnica Nacional de Paz - CENPAZ, integrante de la de la Instancia de Alto Nivel con Pueblos Étnicos para la implementación de los acuerdos de la Habana y estamos comprometidos con el proceso de armonización y construcción de paz desde los territorios indígenas y afrocolombianos y por tal razón vemos como prioritario y celebramos la vinculación de la academia nacional e internacional como veedora y generadora de propuestas para hacer real el sueño de país como pueblos que se afirman en la diversidad y en la protección de la madre tierra y los territorios en Colombia.











6.2 CAPÍTULO ÉTNICO

6.2.1. Consideraciones (Capítulo étnico)
Que el Gobierno Nacional y las FARC-EP reconocen que los pueblos étnicos han contribuido a la construcción de una paz sostenible y duradera, al progreso, al desarrollo económico y social del país, y que han sufrido condiciones históricas de injusticia, producto del colonialismo, la esclavización, la exclusión y el haber sido desposeídos de sus tierras, territorios y recursos; que además han sido afectados gravemente por el conflicto armado interno y se deben propiciar las máximas garantías para el ejercicio pleno de sus Derechos Humanos y colectivos en el marco de sus propias aspiraciones, intereses y cosmovisiones.
Considerando que los pueblos étnicos deben tener el control de los acontecimientos que les afectan a ellos y a sus tierras, territorios y recursos manteniendo sus instituciones, culturas y tradiciones, y fundamental incorporar la perspectiva étnica y cultural, para la interpretación e implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia.
6.2.2. Principios (Capítulo étnico)
En la interpretación e implementación de todos los componentes del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia con un enfoque étnico, incluyen los contemplados en el ordenamiento jurídico del marco internacional, constitucional, jurisprudencial y legal, especialmente el principio de no regresividad, reconocido en el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como los principios y derechos reconocidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer – CEDAW, Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial – CERD, Declaración de Acción de Durban, la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la OIT sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales.
En la interpretación e implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia, con enfoque étnico se tendrá en cuenta entre otros los siguientes principios a la libre determinación, la autonomía y el gobierno propio, a la participación, la consulta y el consentimiento previo, libre e informado; a la identidad e integridad social, económica y cultural, a los derechos sobre sus tierras, territorios y recursos, que implican el reconocimiento de sus prácticas territoriales ancestrales, el derecho a la restitución y fortalecimiento de su territorialidad, los mecanismos vigentes para la protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente.
6.2.3. Salvaguardas y garantías (Capítulo étnico)
Salvaguardas substanciales para la interpretación e implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia.
Se respetará el carácter principal y no subsidiario de la consulta previa libre e informada y el derecho a la objeción cultural como garantía de no repetición, siempre que procedan. En consecuencia, la fase de implementación de los acuerdos, en lo que concierne a los pueblos étnicos, se deberá cumplir garantizando el derecho a la consulta previa libre e informada respetando los estándares constitucionales e internacionales.

Se incorporará un enfoque trasversal étnico, de género, mujer, familia y generación.
En ningún caso la implementación de los acuerdos irá en detrimento de los derechos de los pueblos étnicos.
a. En materia de Reforma Rural Integral (Capítulo étnico)
En la implementación del punto RRI se garantizarán la perspectiva étnica y cultural, las condiciones jurídicas vigentes de la propiedad colectiva, los mecanismos para la protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente. Se observarán también la integralidad de la territorialidad y sus dimensiones culturales y espirituales, la protección reforzada a los pueblos en riesgo de extinción y sus planes de salvaguardas.
Acceso a tierras incluyendo el Fondo de Tierras. Se incluirán a los pueblos étnicos como beneficiarios de las diferentes medidas acordadas de acceso a tierras sin detrimento de los derechos adquiridos. La adjudicación de predios y procedimientos de formalización se hará con destino a la constitución, creación, saneamiento, ampliación, titulación, demarcación, restitución y resolución de conflictos de uso y tenencia de las tierras. Se entenderá para el caso de los pueblos étnicos que la función ecológica de la propiedad y las formas propias y ancestrales de relacionamiento con el territorio se anteponen a la noción de inexplotación. En la creación de mecanismos de resolución de conflictos de tenencia y uso y de fortalecimiento de la producción alimentaria participarán los pueblos y comunidades étnicas con sus organizaciones representativas cuando se trate de conflictos que comprometan sus derechos.
• Los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), cuya realización esté proyectado hacerse en territorios de comunidades indígenas y afrocolombianas, deberán contemplar un mecanismo especial de consulta para su implementación, con el fin de incorporar la perspectiva étnica y cultural en el enfoque territorial, orientados a la implementación de los planes de vida, etnodesarrollo, planes de manejo ambiental y ordenamiento territorial o sus equivalentes de los pueblos étnicos.
b. En materia de participación. (Capítulo étnico)
Se garantizará la participación plena y efectiva de los representantes de las autoridades étnicas y sus organizaciones representativas en las diferentes instancias que se creen el marco de la implementación del Acuerdo Final, en particular las consagradas en el punto 2 y las instancias de planeación participativa.
Se adoptarán medidas para garantizar la inclusión de candidatos de los pueblos étnicos en las listas de las Circunscripciones Territoriales Especiales de Paz – CTEP, cuando su Circunscripción coincida con sus territorios.
c. En materia de Garantías de Seguridad del punto 3.4
Para el diseño e implementación del Programa de Seguridad y Protección para las comunidades y organizaciones en los territorios se incorporará perspectiva étnica y cultural. Se garantizará el fortalecimiento de los sistemas de seguridad propios de los pueblos étnicos, reconocidos a nivel nacional e internacional como la Guardia Indígena y la Guardia cimarrona.
d. En materia de solución del problema de drogas ilícitas. (Capítulo étnico)
– Se garantizará la participación efectiva y consulta de las comunidades y organizaciones representativas de los pueblos étnicos en el diseño y ejecución del PNIS, incluyendo los planes de atención inmediata respecto de los Territorios de los pueblos étnicos. En cualquier caso, el PNIS respetará y protegerá los usos y consumos culturales de plantas tradicionales catalogadas como de uso ilícito. En ningún caso se impondrán unilateralmente políticas de uso sobre el territorio y los recursos naturales presentes en ello.
– En la priorización de los territorios se atenderá a las realidades de los territorios de pueblos étnicos, se tendrá en cuenta los territorios afectados por cultivos de uso ilícito de los pueblos étnicos en riesgo de exterminio físico y cultural o en riesgo de extinción, así como los territorios de los pueblos étnicos en situación de confinamiento o desplazamiento.
– El Programa de Desminado y Limpieza de las áreas del territorio nacional se desarrollará en concertación con los pueblos étnicos y sus organizaciones representativas. Se atenderá de manera prioritaria los casos del pueblo EMBERA ubicado en el municipio de Puerto Libertador en Córdoba e Ituango en Antioquia, los del pueblo JIW ubicado en el municipio de San José del Guaviare en Guaviare, el pueblo Nukak departamento del Guaviare, en los municipios de Mapiripán y Puerto Concordia en el Meta, así como en el municipio de Tumaco río Chagüí y el del pueblo Awá en el departamento de Nariño. También los casos de los Consejos Comunitarios Alto Mira y Frontera y río Chagüí y el municipio de Buenos Aires, vereda La Alsacia en el departamento del Cauca.
– Como un gesto de voluntad de paz, reparación y humanidad, el Gobierno Nacional, las FARC-EP y las organizaciones representativas de los pueblos étnicos se comprometen a desarrollar un programa de asentamiento, retorno, devolución y restitución de los territorios del pueblo indígena Nukak, el pueblo Embera Katío del Alto San Jorge resguardo Cañaveral, así como del territorio del Consejo Comunitario Alto Mira y Frontera y Curvaradó y Jiguamiandó.
e. En materia de víctimas del conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición” (Capítulo étnico)
– El diseño y ejecución del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición respetará el ejercicio de las funciones jurisdiccionales de las autoridades tradicionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con los estándares nacionales e internacionales vigentes.
– En el diseño de los diferentes mecanismos judiciales y extrajudiciales acordados respecto a los pueblos étnicos se incorporará la perspectiva étnica y cultural. Se respetará y garantizará el derecho a la participación y consulta en la definición de estos mecanismos, cuando corresponda.
– En el marco de la implementación de la Jurisdicción Especial para la Paz se crearán mecanismos para la articulación y coordinación con la Jurisdicción Especial Indígena según el mandato del artículo 246 de la Constitución y cuando corresponda, con las autoridades ancestrales afrocolombianas.
– Se concertará con las organizaciones representativas de los pueblos étnicos un programa especial de armonización para la reincorporación de los desvinculados pertenecientes a dichos Pueblos, que opten por regresar a sus comunidades, para garantizar el restablecimiento de la armonía territorial. Se concertará una estrategia pedagógica y comunicativa de difusión de los principios de no discriminación racial y étnica de las mujeres, jóvenes y niñas desvinculadas del conflicto.
f. En materia de Implementación y Verificación (Capítulo étnico)
– Se creará una Instancia Especial de Alto nivel con Pueblos Étnicos para el seguimiento de la implementación de los acuerdos, que se acordará entre el Gobierno Nacional, las FARC-EP y las organizaciones representativas de los Pueblos Étnicos. La instancia tendrá las funciones de actuar como consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión de Implementación, Seguimiento Y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR). Lo anterior sin detrimento de las funciones y atribuciones que tengan instancias de gobierno propio y de participación que ya existen.
– Las fuentes de financiación para la implementación de los acuerdos no involucrarán aquellos acuerdos en materia presupuestal que ya se hayan realizado entre el Gobierno Nacional y los Pueblos Indígenas y afrocolombianos, consignados en el Plan Nacional de Desarrollo vigente y demás políticas consultadas y concertadas.

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